Del análisis de los actuados procesales se evidencia que el recurrente: a) no invocó el
Del análisis de los actuados procesales se evidencia que el recurrente: a) no invocó el precedente contradictorio a tiempo de plantear la apelación restringida de fs. 93-96, b) no expresa en casación la contradicción en términos precisos, y c) tampoco acompaña a la casación copia del recurso de apelación restringida. De manera que no concurren los requisitos exigidos en la parte in fine del art. 417 del nuevo Código de Procedimiento Penal, habida cuenta que el recurso de casación de fs. 70-72 se limita hacer una relación del Auto de Vista impugnado y un comentario al mismo
- CONSIDERANDO: Que, para la admisibilidad del recurso de casación, es menester observar los requisitos prescritos
- Del análisis de los actuados procesales se evidencia que el recurrente: a) no invocó el
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- Proveído.- David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara.
