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    Auto Supremo AS/0347/2002
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0347/2002

    Fecha: 17-Sep-2002

    POR TANTO: La Sala Penal de la Excma


    POR TANTO: La Sala Penal de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo al art. 59-1 de la Ley de Organización Judicial con relación al art. 50 y 417 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público
    • CONSIDERANDO: Que, para la admisibilidad del recurso de casación, es menester observar los requisitos prescritos
    • Del análisis de los actuados procesales se evidencia que el recurrente: a) no invocó el
    • POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
    • Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
    • Proveído.- David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara.

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