Auto Supremo AS/0005/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0005/2003

Fecha: 17-Ene-2003

Que del examen de antecedentes procesales y pruebas aportadas se tiene


CONSIDERANDO.- Que el Tribunal Ad quem a fs. 98, revoca la Resolución No. 069/99 de fecha 17 de marzo de 1999, afirmando que la misma no tuvo en cuenta que la retención de aportes es de responsabilidad del empleador y no del trabajador y que el ente gestor tiene la facultad de acudir a los órganos jurisdiccionales para ejecutar la cobranza y, al evidenciarse con la prueba de fs. 89, que la Cia. Minera Orlandini no se encuentra en funcionamiento, señala que es procedente que el trabajador se acoja al numeral II del instructivo 01/98.

Que del examen de antecedentes procesales y pruebas aportadas se tiene:

1°) Félix Balderrama Hilarión, presentó su solicitud de renta básica al Fondo de Pensiones Básicas, en fecha 14 de abril de 1997, calificándose su renta Básica mediante Resolución 001895 de 14 de febrero de 1988 en la suma de Bs.- 2.220. Posteriormente en fecha 15 de junio de 1998 mediante Resolución 010913 se le otorga Indemnización Global de Bs.- 6.586.53, equivalente a 23.33 mensualidades de la Renta Complementaria