Auto Supremo AS/0298/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0298/2003

Fecha: 06-Oct-2003

CONSIDERANDO: Que el alcance subjetivo de las costas impuestas en sentencia, dio origen a que


CONSIDERANDO: Que el alcance subjetivo de las costas impuestas en sentencia, dio origen a que uno de los sujetos involucrados en la obligación de satisfacerla pidió su exclusión, dando lugar a que su petición sea atendida. Ello implica que el proceso se encuentra en la fase de ejecución de sentencia, período en el cual las resoluciones del a quo admiten recurso de apelación y el auto de vista no es recurrible en casación por mandato expreso del art. 518 del Código de Procedimiento Civil, situación que también prevé el art. 255 del mismo cuerpo legal