POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia ejerciendo la potestad conferida
POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia ejerciendo la potestad conferida por el numeral 1) del art. 58 de la Ley de Organización Judicial, resuelve declarando IMPROCEDENTE el recurso, con costas
- RESULTANDO: Que la causa se hubo procesado en ejecución de sentencia en la instancia inferior
- CONSIDERANDO: Que el alcance subjetivo de las costas impuestas en sentencia, dio origen a que
- Que así expuesto el objeto de la discusión, cualquier impugnación sobre las resoluciones que la
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia ejerciendo la potestad conferida
- No estando respondido el recurso, no se regula el honorario de abogado
- Se llama la atención al tribunal ad quem por no haber aplicado el art
- Ministro Relator: Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Proveído : Sucre, 6 de octubre de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
