Auto Supremo AS/0488/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0488/2003

Fecha: 02-Oct-2003

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la normativa Procesal Penal vigente, el recurso de casación para





VISTOS: El recurso de casación de fs. 222-223, interpuesto por Jaime Pedro Solares Herrera, impugnando el Auto de Vista de fs. 215-216 vlta. de fecha 23 de agosto del año en curso, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del juicio penal oral, público y contradictorio, seguido por Wilson Henry Moreira Alviz contra el recurrente, por el delito de giro de cheque en descubierto, previsto por el art. 204 del Código Penal; sus antecedentes; y

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la normativa Procesal Penal vigente, el recurso de casación para ser admitido debe ser interpuesto cumpliendo con los presupuestos legales establecidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal