Auto Supremo AS/0502/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0502/2003

Fecha: 13-Oct-2003

CONSIDERANDO: Que en caso de autos, de la revisión de antecedentes procesales, se establece que


CONSIDERANDO: Que en caso de autos, de la revisión de antecedentes procesales, se establece que los recurrentes Miguel Ramírez Alípaz y Xavier Gonzalo Díaz Torrez en la apelación restrictiva interpuesta, han invocado como precedente el A.S. No. 145/ 02 y en el recurso de casación invocan como precedentes los Autos de Vista Nos. 730 de 12 de abril dictado por la Corte Superior de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Cochabamba y No. 174 de 26 de febrero de 2002, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de La Paz. Por su parte el querellante Jorge Badani Lenz, al estar conforme con la sentencia de primer grado no hizo uso del recurso de apelación restringida, sin embargo, al haber sido revocada la misma por Auto de Vista de fs. 216-217, recurre de casación invocando como precedente contradictorio el A.S. No. 146 de 24 de abril de 2002