Que el Ministerio Público no conforme con la resolución, recurre de casación con los fundamentos
Que el Ministerio Público no conforme con la resolución, recurre de casación con los fundamentos expuestos en el memorial de fs. 96-97, denunciando haberse aplicado indebidamente el art. 8° del Código Penal, por la que pide se case el auto recurrido y se declare a Eduardo Arteaga Barba, autor del delito previsto en el art. 55 de la Ley 1008 y se le imponga la pena de ocho años de presidio
- CONSIDERANDO: Que el Tribunal del Juzgado Primero de Sustancias Controladas de la ciudad de Cochabamba,
- Apelada la sentencia, el Tribunal de Alzada a fs
- Que el Ministerio Público no conforme con la resolución, recurre de casación con los fundamentos
- CONSIDERANDO: De las diligencias de Policía Judicial, la confesión y demás pruebas aportadas en el
- Los delitos emergentes de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, son
- Que partiendo de estos conceptos, el Tribunal Supremo de Justicia, tiene la facultad y potestad
- RELATOR: MinistroDr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
