CONSIDERANDO: Que del estudio atento y cuidadoso del análisis de las pruebas aportadas así como
CONSIDERANDO: Que del estudio atento y cuidadoso del análisis de las pruebas aportadas así como los fundamentos de los fallos dictados, se llega al convencimiento de que la conducta del procesado Camilo Yabeta Justiniano se ajusta en el tipo de los arts. 335 y 337 del Código Penal; quien en los meses de septiembre de 1996 y febrero de 1997, con una serie de engaños y artificios consiguió sacar al querellante la suma de $us 8.400.-, mediante la suscripción de documentos de transferencia sobre parcelas rústicas de los cuales él no era propietario, por lo que el comprador no pudo tomar posesión y menos perfeccionar su derecho propietario, ni tampoco le fueron devueltos los dineros recibidos, ocasionándole perjuicios en su patrimonio, configurando estos hechos equívocamente los delitos de estafa y estelionato
- CONSIDERANDO: Que a fs 542- 543 cursa el A
- Que el procesado, no conforme con el A
- CONSIDERANDO: Que del estudio atento y cuidadoso del análisis de las pruebas aportadas así como
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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