Al margen que tanto los impugnantes como los de grado no han sabido imprimir al
Al margen que tanto los impugnantes como los de grado no han sabido imprimir al trámite el procedimiento adecuado, por cuanto al tratarse de un incidente de nulidad, los demandantes debían impugnarlo a través del recurso de reposición con alternativa de apelación, por su parte el a quo, de mantener su providencia, debía conceder la apelación en el efecto diferido, tal como manda el art. 24-2) de la Ley N° 1760 y reservarlo para una eventual apelación de la sentencia, sin embargo la equivocación en la que incurren los demandantes, arrastra tanto al a quo como a la Corte Ad quem que tampoco corrige el procedimiento y resuelve en el fondo la apelación concedida
- RELATORA: Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- CONSIDERANDO: Que, dentro del proceso ordinario sobre nulidad de contrato seguido por Juan Edmundo Antelo
- Resolución que es objeto del recurso de apelación directa y es confirmada por el auto
- Al margen que tanto los impugnantes como los de grado no han sabido imprimir al
- CONSIDERANDO: Que, no obstante lo expresado precedentemente, el art
- Que esta última disposición legal establece los casos en los que procede el recurso de
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 13 de noviembre de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
