Auto Supremo AS/0575/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0575/2003

Fecha: 11-Nov-2003

CONSIDERANDO: Que la normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para





VISTOS: Los recursos de casación interpuestos a fs. 125-126 por Mario Suaznabar García y a fs. 129-131 por Fernando Melgar Vargas y Zaida Flores, impugnando el Auto de Vista de fecha 9 de septiembre de 2003, cursante en los folios 118-119, dictado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Mario Suaznabar García, contra Fernando Melgar Vargas y Zaida Flores, por la comisión de los delitos de estafa, estelionato, falsedad material y uso de instrumento falsificado; sus antecedentes, y

CONSIDERANDO: Que la normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para la admisión del recurso de casación que el mismo además de cumplir con las formalidades de una demanda nueva de puro derecho, observe todos los requisitos exigidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal