POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación deducido por Carlos Roberto Canedo Chávez
- CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la nueva normativa Procesal Penal, el recurso de casación para
- CONSIDERANDO: Que, del análisis de los antecedentes procesales y del recurso interpuesto, se evidencia que
- Dada la finalidad que le otorga la Ley Procesal Penal al recurso de casación de
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
