POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, conformada con el Ministro Dr. Kenny Prieto Melgarejo de la Sala Civil convocado al efecto según se lee en obrados, en ejercicio de la atribución inmersa en el artículo 60-1) de la Ley de Organización Judicial declara, INFUNDADO el recurso de nulidad de fs. 49-50, con costas
- AUTO SUPREMO N° 244 - Social Sucre, 10 de diciembre de 2003
- PARTES: Jenny Duran Ortíz c/ Empresa ORMATE IMPORT EXPORT
- RELATOR: MINISTRO DR.- Kenny Prieto Melgarejo
- RESULTANDO: Que, planteada la demanda de fs
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión del proceso y los términos aducidos en el recurso se
- El hecho de que el contrato convenga, entre otros, un horario de trabajo, y un
- Bajo la circunstancia mencionada, teniendo en cuenta lo convenido en el contrato en cuestión "Cuando
- Respecto a las demás acusaciones que contiene el recurso de nulidad, las mismas resultan impertinentes,
- Por lo que no estando justificadas las infracciones acusadas en el recurso, corresponde observar el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 10 de diciembre de 2003
- Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
