- PARTES: Jorge Pérez Aguilar y otro c/ María Calvimontes Rosales
- CONSIDERANDO: Que, si bien es evidente que para la procedencia del recurso de casación se
- Que, en el sub-lite, el Auto de Vista impugnado declara inadmisible el recurso de apelación
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en cumplimiento del
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
