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    Auto Supremo AS/0629/2003
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0629/2003

    Fecha: 11-Dic-2003

    POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del


    POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE los recursos de casación interpuestos por el Fiscal adscrito a la Aduna y Lilian Ticona Pimentel y/o Virginia Janneth Crespo Ibañez
    • Contrabando y otros
    • CONSIDERANDO: Que, el primer parágrafo del art
    • CONSIDERANDO: Que, en el sub-lite, el Fiscal Adscrito a la Aduana Regional y Lilian Ticona
    • Por lo expuesto, y al no, haberse cumplido con los requisitos previstos en la segunda
    • POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
    • Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
    • Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara

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