CONSIDERANDO: Que la normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para
""""""""""""""""""""""""""
VISTOS: El recurso de casación de fs. 68-69 interpuesto por José Valentín Fuentes Díaz, impugnando el Auto de Vista de fs. 64-65 de fecha 8 de noviembre de 2003, pronunciado por la Sala Penal de la Corte Superior del Beni, dentro del proceso penal seguido a querella del recurrente contra Rubens Rivarola Muñoz, por la comisión de los delitos de calumnia e injurias; sus antecedentes, y
CONSIDERANDO: Que la normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para la admisión del recurso de casación que el mismo además de cumplir con las formalidades de una demanda nueva de puro derecho, observe todos los requisitos exigidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal
- PARTES: José Valentín Fuentes Díaz c/ Rubens Rivarola Muñoz
- Calumnia e injurias
- CONSIDERANDO: Que la normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para
- Que, en el sub-lite se evidencia que el recurso de casación interpuesto por José Valentín
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
