Auto Supremo AS/0637/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0637/2003

Fecha: 11-Dic-2003

Que en caso de autos de la revisión de los actuados procesales se evidencia que


Que en caso de autos de la revisión de los actuados procesales se evidencia que el procesado Dulfredo Zambrana Loayza, en la apelación restringida ha invocado precedentes contradictorios y en el recurso de casación señala como tal los A.S. Nos. 47 de 28 de enero de 2003 y 307 de 11 de junio del año en curso, lo que significa haber dado cumplimiento a los requisitos exigidos para la admisión del recurso de casación, previstos en los arts. 416 y 417 de la Ley 1970. En cuanto al querellante Daniel Llanos Almazán, si bien no hizo uso de la apelación restringida por estar conforme, al haber sido anulada la sentencia de primera instancia por el Auto de Vista de 12 de noviembre del año en curso, recurre de casación, el mismo que no cumple con los requisitos formales previstos en las normas ya mencionadas para su admisión, al constatarse no haber invocado ningún precedente, hecho que impide establecer el sentido jurídico contradictorio entre el auto impugnado y el precedente, lo que determina no sea admitido