Auto Supremo AS/0642/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0642/2003

Fecha: 16-Dic-2003

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la normativa Procesal Penal vigente, el recurso de casación para


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VISTOS: El recurso de casación de fs. 362-384, interpuesto por la Fiscal de Materia y la adhesión de fs. 385 por Hilario Zenón Cori Cruz, impugnando el Auto de Vista de fs. 342-345, de fecha 8 de agosto del año en curso, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del juicio penal oral, público y contradictorio, seguido por el Ministerio Público y el recurrente, contra Gumercindo Paye Mamani y otros, por el delito de Resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, Desobediencia a Resoluciones en Proceso de Amparo; sus antecedentes; y

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la normativa Procesal Penal vigente, el recurso de casación para ser admitido debe interponerse cumpliendo los presupuestos legales establecidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal