CONSIDERANDO: Que de acuerdo al inciso 3) del art
CONSIDERANDO: Que de acuerdo al inciso 3) del art. 283 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de compulsa procede, entre otros casos, por la negativa indebida del recurso de casación, sin embargo, en el caso sub lite no existe negativa de recurso de casación
- AUTO SUPREMO No. 022-Compulsa Sucre, 11 de febrero de 2003
- PARTES: Grace Trigoso de Dávila c/ Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- VISTOS: El recurso de compulsa de fs
- CONSIDERANDO: Que de acuerdo al inciso 3) del art
- Ciertamente, de la revisión de los antecedentes procesales, se evidencia
- Que en mérito a lo expuesto, al no haberse provisto el porte de remisión del
- Que posteriormente y de manera por demás impertinente Grace Trigoso Dávila, intenta que se deje
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Freddy Reynolds Eguía
- Sucre, 11 de febrero de 2003
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
