Consecuentemente, por lo advertido se abre la competencia del Tribunal Supremo a la casación prevista
Consecuentemente, por lo advertido se abre la competencia del Tribunal Supremo a la casación prevista en el art. 272-II del Código de Procedimiento Civil, por mandato de la norma remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo
- AUTO SUPREMO No. 038-Social Sucre, 17 de febrero de 2003
- PARTES: Fortino Jaime Agramont Botello c/ Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares de la Navegación
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- Que tanto en la respuesta a la demanda cuanto en el recurso que se analiza
- Consecuentemente, por lo advertido se abre la competencia del Tribunal Supremo a la casación prevista
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Freddy Reynolds Eguía
- Sucre, 17 de febrero de 2003
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
