Que tanto en la respuesta a la demanda cuanto en el recurso que se analiza
Que tanto en la respuesta a la demanda cuanto en el recurso que se analiza existe un tácito reconocimiento de A.A.S.A.N.A. respecto a los beneficios sociales reclamados, excepto las horas extras liquidadas en Sentencia. Sobre el particular, de la revisión de los antecedentes procesales se concluye que este ítem fue probado contundentemente (fs. 17, 45-59), acreditando la existencia de horas extras devengadas a favor del actor, pero resulta también probado que el demandante trabajó en A.A.S.A.N.A. de manera interdiaria, aspecto no advertido por los jueces de instancia; circunstancia por la que le corresponde la mitad de las horas extras liquidadas en Sentencia
- AUTO SUPREMO No. 038-Social Sucre, 17 de febrero de 2003
- PARTES: Fortino Jaime Agramont Botello c/ Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares de la Navegación
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- Que tanto en la respuesta a la demanda cuanto en el recurso que se analiza
- Consecuentemente, por lo advertido se abre la competencia del Tribunal Supremo a la casación prevista
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Freddy Reynolds Eguía
- Sucre, 17 de febrero de 2003
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
