POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
POR TANTO: La Sala Penal de la Excma. Corte Suprema de Justicia, en aplicación del art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Julio Cesar Ayala Barrientos
- de violación
- CONSIDERANDO: Que, para la procedencia del recurso de casación deben cumplirse con los requisitos establecidos
- Que, en el caso de autos, el recurrente plantea el recurso de apelación restringida de
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia
- Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- roveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
