POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación de
POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación de los arts. 417 y 418 del Código de Procedimiento Penal, ADMITE el recurso de casación interpuesto por la Fiscal Adjunta, Dra. Elaine Bishop Urzagaste, en consecuencia dispone que por Secretaría de Cámara se ponga en conocimiento de todas las Salas Penales de las Cortes Distritales de Justicia fotocopias legalizadas de: sentencia de fs. 160-165, Auto de Vista de fs. 346-347 vlta., recurso de casación de fs. 352-354 vlta. y el presente Auto Admisorio, para que se inhiban de dictar Auto de Vista en los que se debaten las mismas cuestiones de derecho, hasta que se haga conocer la resolución del recurso de casación interpuesto. Declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Jhonny Villarroel Orellana
- otros, tentativa de asesinato
- CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la normativa Procesal Penal vigente, el recurso de casación para
- Que, en el sub-lite, el recurso de casación interpuesto por la Fiscal Adjunto de fs
- Jhonny Villarroel Orelllana, que a tiempo de interponer el recurso de apelación restringida de fs
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación de
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
