Que del examen de los antecedentes que aporta el proceso con relación a las infracciones
Que del examen de los antecedentes que aporta el proceso con relación a las infracciones acusadas en los recursos, se establece que no son ciertas, y que los Tribunales de grado con la facultad otorgada por la antes citada norma, han procedido correctamente al calificar la conducta de la incriminada como tentativa de transporte, convicción jurídica formada en base al análisis de los hechos y pruebas aportados, donde claramente se establece que la procesada fue detenida cuando iba cargando en un aguayo un bulto en dirección al lugar donde la esperaban los dueños, que horas antes habían dejado en el domicilio de su tía situada cerca de la frontera Peru-Bolivia con el argumento de que tenían necesidad de ir a Copacabana, bulto que contenía 22 paquetes de pasta base de cocaína; según declaraciones de la imputada los propietarios de la droga incautada eran los esposos Daniel Gutierrez y Mariela Quispe, estableciéndose posteriormente que el nombre verdadero del varón es Daniel Yujra Pumpa, los que inexplicablemente no fueron detenidos por los efectivos que participaron en el operativo, no obstante estar a pocos metros del lugar donde fue detenida la procesada. De lo expuesto se establece que la calificación del delito imputado es correcto, toda vez que el transporte no fue consumado por la oportuna intervención de la F.E.L.C.N., en consecuencia estamos frente a una tentativa de transporte, previsto en el art. 8º del Código punitivo en relación al art. 55 de la ley 1008
- Que a fs
- CONSIDERANDO: Que contra el referido fallo, recurre de casación el Ministerio Público a fs
- Por su parte la incriminada a fs
- CONSIDERANDO: Que de conformidad con el art
- Que del examen de los antecedentes que aporta el proceso con relación a las infracciones
- En cuanto a la pena fijada por el Tribunal de primera instancia es correcta al
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
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