La Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez es de voto disidente
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, DECLINA de competencia en el presente proceso y dispone su envío a la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, para que tome conocimiento del proceso y lo resuelva utilizando el procedimiento señalado en el Cód. de Pdto. Civil.
El Presidente, Dr. Armando Villafuerte Claros, estuvo de acuerdo con la presente resolución, pero no firma la misma por estar ausente por motivos de salud.
La Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez es de voto disidente
- CONSIDERANDO: Que, la demanda impugna las Resoluciones N° 0311/2002 de 28 de octubre de 2002,
- Que, dichas Resoluciones impugnadas están emitidas en la jurisdicción administrativa municipal, contra las que, en
- CONSIDERANDO: Que, mediante Autos Supremos N°s
- En dichos Autos Supremos, este Tribunal, luego de analizar la Ley de Municipalidades N° 2028
- La Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez es de voto disidente
- Regístrese
- Secretario de Cámara de Sala Plena
