POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por el art. 60, atribución 1º de la Ley de Organización Judicial, en acuerdo con el Dictamen Fiscal de fs. 70, declara INFUNDADO, con costas recurso de casación de fs. 64
- AUTO SUPREMO No. 076-Coactivo Social Sucre, 04 de abril de 2003
- PARTES: Caja Nacional de Salud c/ Waldo Florencio Daga Velásquez
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que interpuesta la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que del estudio de los antecedentes procesales con relación al recurso de casación deducido,
- El comportamiento procesal demostrado por el coactivado, ciertamente que no responde al principio de lealtad
- 2
- Consecuentemente, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación, corresponde aplicar el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 04 de abril de 2003
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
