CONSIDERANDO: Que de la revisión de lo obrado y de los términos expuestos en el
CONSIDERANDO: Que de la revisión de lo obrado y de los términos expuestos en el recurso de casación, se establece que, el recurso de casación se limita a impugnar cuestiones estrictamente de orden formal dentro del pronunciamiento del Ad quem, como que no correspondía considerar la fundamentación que los recurrentes realizaran en fecha 5 de junio de 2000, por considerarse la misma extemporánea, acusando en síntesis de ultra petita el Auto de Vista recurrido
- AUTO SUPREMO No. 088-C. Tributario Sucre, 10 de abril de 2003
- PARTES: Arturo Rivas Moreno c/ Administración de Aduanas interior Santa Cruz
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de lo obrado y de los términos expuestos en el
- Consecuentemente, así establecido el reclamo en casación, y no existiendo impugnación, por el recurrente, al
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Relator: Ministro Dr.Carlos Rocha Orosco
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 10 de abril de 2003
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
