El art
El art. 39 de la Ley 1178 expresa que la actualización debe efectuarse con criterios de mantenimiento de valor, con cuyo criterio el Dictamen de Responsabilidad Civil (fs. 2-4) convierte los montos consignados en (Bs.-) bolivianos a dólares, no teniendo sustento legal solicitar que esos montos en bolivianos sean actualizados a momento del pago en dólares, lo que impediría el mantenimiento de su valor, siendo en consecuencia infundada la acusación
- AUTO SUPREMO No. 099-Coactivo-Fiscal Sucre, 29 de Abril de 2003
- PARTES: Alcaldía Municipal de Villazón c/ Enrique Aguirre Haug y Humberto Vidaurre Bayón
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que de la compulsa de antecedentes y fundamentos expuestos en el recurso se concluye
- 2
- El art
- 3
- Consecuentemente, no siendo evidente las infracciones acusadas en el recurso de casación, corresponde resolver en
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- No interviene el Ministro Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé por excusa declarada legal
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 29 de Abril de 2003
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
