CONSIDERANDO: El auto de vista anula y repone obrados hasta el estado de interponerse demanda
DISTRITO : Oruro PROCESO: Ordinario - Usucapión
PARTES : René Cortez Flores c/ María Luisa Riba y la H. Alcaldía Municipal de Oruro
RELATORA : Ministra doctora Emilse Ardaya Gutiérrez
VISTOS: El recurso de casación de fs. 95 y vlta., interpuesto por René Cortez Flores contra el auto de vista de fecha 15 de diciembre de 2001 corriente a folios 91-92, pronunciado por la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, en el proceso ordinario de usucapión seguido por el recurrente contra María Luisa Riba y la H. Alcaldía Municipal de Oruro, el dictamen del señor Fiscal General de la República de fs. 100, los antecedentes procesales, y;
CONSIDERANDO: El auto de vista anula y repone obrados hasta el estado de interponerse demanda conforme a derecho, por cuanto la acción debió estar dirigida contra el propietario del inmueble que se pretende usucapir y no contra una vecina del barrio donde se ubica el inmueble
- AUTO SUPREMO N° 169 Sucre, 28 de abril de 2003
- CONSIDERANDO: El auto de vista anula y repone obrados hasta el estado de interponerse demanda
- Contra esta resolución recurre de casación el demandante, quien no menciona disposición alguna como infringida
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación previsto en el art
- De la lectura del memorial presentado por el recurrente, se infiere que no cumple con
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- No se regula el honorario de abogado, por no haber sido contestado el recurso
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 28 de abril de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
