POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, por excusa de los Ministros de la Sala Penal, en aplicación del art. 423 del Código de Procedimiento Penal, ADMITE el recurso de Revisión Extraordinaria de Sentencia planteado por RAMIRO SEGUNDINO LOAYZA TIRADO y dispone que el Juzgado de Partido 4° en lo Penal de Oruro, remita en el término máximo de 5 días, fotocopias legalizadas del expediente original, debiendo librarse provisión citatoria para ese efecto
- DISTRITO : Oruro PROCESO: Revisión de Sentencia Condenatoria
- VISTOS: El Recurso de Revisión Extraordinaria de Sentencia planteado por RAMIRO SEGUNDINO LOAYZA TIRADO solicitando
- CONSIDERANDO: Que RAMIRO SEGUNDINO LOAYZA TIRADO mediante memorial de 6 de diciembre de 2002, plantea
- CONSIDERANDO: Conforme prescribe la disposición final primera de la Ley N° 1970 del nuevo Código
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Asimismo, en aplicación de la última parte del art
- Por otra parte, declara legales las excusas formuladas a fs
- Proveído : Sucre, 30 de mayo de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
