POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentìsima Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentìsima Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con el requerimiento del Fiscal Adjunto de fs. 97, en aplicación del numeral 2) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Pedro Alvarez Arce
- CONSIDERADO: Que, a fs
- CONSIDERANDO: Que, por los datos del proceso, se establece que en la apreciación de la
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentìsima Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
- No interviene el Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por renuncia a las funciones de Ministro
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y devuélvase
- roveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
