Auto Supremo AS/0279/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0279/2003

Fecha: 19-May-2003

La frondosa jurisprudencia del Supremo Tribunal, así como la doctrina, equipara el recurso de casación


La frondosa jurisprudencia del Supremo Tribunal, así como la doctrina, equipara el recurso de casación o de nulidad a una demanda nueva de puro derecho; ello significa que el recurso para abrir la competencia del Tribunal de casación, debe cumplir con lo previsto en los arts. 258 inc. 2) del Código de Procedimiento Civil y 301 de su homólogo Penal, es decir que los recurrentes no sólo deben limitarse a efectuar una relación de los hechos, o una simple cita de leyes infringidas o erróneamente aplicadas, sino debe especificarse en que consiste el quebrantamiento de las normas procesales o la violación de las leyes sustantivas y la forma que debían ser aplicadas; en el caso de autos, no se ha dado cumplimiento a dichas exigencias; por consiguiente no estando cumplidos los requisitos señalados en las mencionadas normas, el Tribunal de casación se libera de ingresar al análisis de fondo de la causa, por lo que corresponde dar aplicación al inc. 1) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal