Auto Supremo AS/0130/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0130/2003

Fecha: 12-Jun-2003

CONSIDERANDO: Que planteado el recurso de reclamación de fs





VISTOS: El recurso de casación de fs. 113-114, interpuesto por Hugo Tejerína en representación de Heberto Pedro Moreno Molina, contra el Auto de Vista de fs. 109, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso de reclamación seguido por el recurrente, los antecedentes del proceso, dictamen fiscal de fs. 124-123, y

CONSIDERANDO: Que planteado el recurso de reclamación de fs. 86, tramitado que fue, la Comisión de Reclamación de la Dirección General de Pensiones, dictó Resolución No. 029.99 de 2 de febrero de 1999, RATIFICANDO LA RESOLUCIÓN No.- 017658 de 15 de octubre de 1998. En grado de apelación la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció el Auto de Vista de fs. 109, que REVOCA la Resolución apelada, disponiendo reconocer la fecha a 25/02/97 para la cancelación retroactiva que reclama, fallo que motivó el recurso de casación que acusa violación del art. 16 del Decreto Ley 14643 de 3 de junio de 1977, porque no se ha tomado en cuenta la continuidad entre la percepción del salario y la renta; acusa también incumplimiento del art. 228 de la Constitución Política del Estado, respecto a la primacía de la constitución y del Decreto Ley señalado con relación a la aplicación del Manual de Prestaciones aprobado solo por una Resolución Secretarial. Solicitando en conclusión pago retroactivo a partir de enero de 1991