POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por el art. 60, atribución 1º de la Ley de Organización Judicial, en desacuerdo con el Dictamen Fiscal de fs. 326 declara, INFUNDADO, con costas, el recurso de casación de fs. 320-322
- AUTO SUPREMO No. 140-C.Tributario Sucre, 12 de junio de 2003
- PARTES: Jaime Villarroel Durán por J.V. "La Integral" c/ GRACO
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Primero en Materia Administrativa Coactiva Fiscal
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes procesales y pruebas presentadas, se concluye
- No estando demostradas las infracciones acusadas en casación, corresponde aplicar lo previsto por el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 12 de junio de 2003
- Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
