RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en desacuerdo con el requerimiento del Fiscal Adjunto de fs. 550-551, en aplicación del numeral 2) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADOS los recursos interpuestos a fs. 523-529, 531-534 y 537-539, respectivamente.
RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- de sustancias controladas
- El Fiscal de Materia de Sustancias Controladas a fs
- A fs
- Finalmente, Elena Sumari Ccalla, en su recurso de nulidad y casación de fs
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los datos del proceso, se establece, que los Tribunales
- Que, en cuanto a la absolución de Florentino Yampara Mamani, la misma es atinada, porque
- En consecuencia, al pronunciar el auto recurrido, la Corte de alzada no ha incurrido en
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
