CONSIDERANDO: La normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para la
VISTOS: El recurso de casación de fs. 288-292 interpuesto por José Miguel De Angulo y Luz Stella Lozada de De Angulo, impugnando el Auto de Vista de fecha 5 de junio de 2003 cursante en los folios 281-282 pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y los recurrentes contra Eduardo Gutiérrez Angulo, por la comisión del delito de estupro; sus antecedentes, y
CONSIDERANDO: La normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para la admisión del recurso de casación que el mismo no sólo cumpla con las formalidades de una demanda nueva de puro derecho, sino que debe observar todos los requisitos exigidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal
- estupro
- CONSIDERANDO: La normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para la
- Que el art
- CONSIDERANDO: Que en caso de autos se evidencia que los recurrentes no han invocado ningún
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y devuélvase
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