CONSIDERANDO: La normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para la
VISTOS: El recurso de casación de fs. 69-71 interpuesto por Enrique Osvaldo Auscarriaga Caffaro, impugnando el Auto de Vista de fs. 56-57 y complementario de fs. 60 de fechas 26 de octubre de 2002 y 4 de noviembre de 2002 respectivamente, pronunciados por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente por la comisión del delito de transporte de sustancias controladas; sus antecedentes, y
CONSIDERANDO: La normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para la admisión del recurso de casación que el mismo no sólo deba cumplir con las formalidades de una demanda de puro derecho, sino que debe observar todos los requisitos exigidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal
- transporte de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: La normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para la
- Que el parágrafo primero del art
- Que de la revisión de los antecedentes procesales, se establece que el incriminado Enrique Osvaldo
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de la Nación, con la
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
