POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, RECHAZA
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, RECHAZA la recusación interpuesta, con costas y multa a la empresa demandante, regulándose esta última en Bs. 500 que deberán ser depositados en la cuenta de Recursos Propios de la Corte Suprema de Justicia
- CONSIDERANDO: Que, en el Otrosí de la demanda de fs
- Puesto en conocimiento del Ministro recusado, Dr
- CONSIDERANDO: Que, los argumentos esgrimidos por el abogado patrocinante para fundamentar el incidente de recusación
- De lo anteriormente expresado y del informe presentado por el Ministro recusado Dr
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, RECHAZA
- Asimismo, se dispone la remisión de una fotocopia legalizada de la recusación y la presente
- Regístrese y hágase saber
- Secretario de Cámara de Sala Plena
