Auto Supremo AS/0397/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0397/2003

Fecha: 18-Ago-2003

CONSIDERANDO: Que, la normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para

SALA PENAL

 

AUTO SUPREMO No 397 Sucre 18 de agosto de 2003

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: José Ernesto Camacho Barbery c/ Fabricio Civardi

Mascándola, giro de cheque en descubierto




VISTOS: El recurso de casación de fs. 164-166 interpuesto por Agustín Fabricio Civardi Mascándola, impugnando el Auto de Vista de 27 de mayo de 2003, cursante en fs. 151-155 pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido a querella de José Ernesto Camacho Barbery contra el recurrente por la comisión del delito de giro de cheque en descubierto; sus antecedentes, y

CONSIDERANDO: Que, la normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para la admisión del recurso de casación que el mismo además de cumplir con las formalidades de una demanda nueva de puro derecho, observe todos los requisitos exigidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal