Que, elevado el proceso en grado de apelación, la Sala Penal Primera de la Corte
Que, elevado el proceso en grado de apelación, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba, mediante Auto de Vista de fs. 133-134, revoca la sentencia apelada y declara a la procesada Martha Judith Villarroel de Vargas, autora del delito de estelionato, tipificado por el art. 337 del Código Penal, por existir plena prueba en su contra, conforme al art. 243 del Código de Procedimiento Penal, condenándola a la pena de dos años de reclusión a cumplir en la cárcel de San Sebastián de Mujeres de la ciudad de Cochabamba, más el pago de costas a favor del Estado
- CONSIDERANDO: Que, a fs
- Que, elevado el proceso en grado de apelación, la Sala Penal Primera de la Corte
- Que, contra el fallo anterior, recurre de nulidad Martha Judith Villarroel de Vargas a fs
- Por su parte Silvia Camacho Mercado, en representación de María Flora y Silvano Mercado Romero,
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
