Que, del análisis del recurso en cuestión, se evidencia primero, que no señala en términos
Que, del análisis del recurso en cuestión, se evidencia primero, que no señala en términos precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado con los Autos Supremos invocados como precedentes y luego, que el presupuesto legal contenido en el parágrafo segundo del art. 416 del Código de Procedimiento Penal, que se refiere al precedente contradictorio, no fue invocado por el recurrente en la apelación restringida de fs. 121-125, requisitos sustanciales de procedencia para ser admitido el recurso de casación, lo que impide su consideración por el Tribunal de casación
- Espinoza, estupro
- CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la nueva normativa Penal vigente, el recurso de casación para
- Que, del análisis del recurso en cuestión, se evidencia primero, que no señala en términos
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
