POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación de
POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación de la última parte del primer periodo del art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por José Miguel Sanabria Fuentes
- CONSIDERANDO: Que, el marco del nuevo Código de Procedimiento Penal, acorde con la doctrina penal,
- CONSIDERANDO: Que, en el presente caso, José Miguel Sanabria Fuentes, a tiempo de interponer el
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación de
- Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
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