POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
POR TANTO: La Sala Penal de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, en desacuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 277-278 y en aplicación de lo dispuesto por el inc. 2) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 268-270 de obrados
- CONSIDERANDO: Que la Corte ad-quem por Auto de Vista de fs
- Que el Ministerio Público disconforme con la resolución de instancia, recurre de casación a fs
- CONSIDERANDO: Que en el caso examinado, está plenamente acreditado que el co-imputado Eulogio Zárate Ramírez
- Por lo expuesto se evidencia que la conducta de Eulogio Zárate Ramírez, se encuadra en
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
