En consecuencia, por lo expuesto y fundamentado, a todas luces se establece que los Tribunales
En consecuencia, por lo expuesto y fundamentado, a todas luces se establece que los Tribunales de instancia, al dictar sus resoluciones con los fundamentos en ellos expuestos, no han infringido ninguna disposición de orden legal; por el contrario han aplicado con rectitud y probidad lo dispuesto por los arts. 133 y 243 del Código de Procedimiento Penal, haciendo prevalecer el art. 16 de la Constitución Política del Estado durante el desarrollo del proceso, de ahí se establece que no son ciertas las infracciones acusadas por el recurrente y corresponde dar aplicación al inc. 2) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal
- CONSIDERANDO: Que a fs
- Impugnando el Auto de Vista recurre de casación el imputado Porfirio Choque Tola con los
- CONSIDERANDO: Que de los datos y elementos que ilustran el proceso se llega a establecer
- Que, los Tribunales de grado, en la valoración de la prueba e indicios múltiples tenida
- En consecuencia, por lo expuesto y fundamentado, a todas luces se establece que los Tribunales
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
- 1
