CONSIDERANDO: Que a fs
MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada
VISTOS: Los recursos de casación interpuestos a fs. 247-248 por Hernán Soria Camacho, Fiscal de Materia de Sustancias Controladas y a fs. 251-252 por Francisco Rufo Alba Quispe, impugnado el Auto de Vista de fs. 244-245 de fecha 2 de abril de 2002, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Francisco Rufo Alba Quispe y Angel Nina Flores, por la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas; sus antecedentes, el requerimiento del Fiscal Adjunto de fs. 262-263, y
CONSIDERANDO: Que a fs. 181-184 cursa la sentencia pronunciada por el a-quo declarando al procesado Francisco Rufo Alba Quispe autor del delito de tráfico de sustancias controladas, tipificado en el art. 48 de la Ley 1008, imponiéndole la pena de doce años de presidio a cumplir en la cárcel Pública de la ciudad de Cochabamba, multa de 500 días a razón de un Bs. día, más costas, daños y perjuicios al Estado que se averiguará en ejecución de sentencia. Al procesado Angel Nina Flores se lo declara cómplice en la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, previsto en el art. 48 con relación al 76 ambos de la Ley 1008, condenándolo a la pena de ocho años de presidio en la cárcel pública de Cochabamba, multa de 300 días a razón de un Bs. día, más costas, daños y perjuicios al Estado
- tráfico de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que a fs
- Elevado el proceso en grado de apelación, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior
- CONSIDERANDO: Impugnando el referido fallo de segunda instancia, recurre de casación el Ministerio Público a
- Por su parte Francisco Rufo Alba Quispe a fs
- Con relación al imputado Angel Nina Flores es correcto y legal proceder de el Tribunal
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de la Nación, en desacuerdo
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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