Auto Supremo AS/0013/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0013/2004

Fecha: 29-Ene-2004

RESULTANDO: Que en este proceso ordinario doble sobre mejor derecho de propiedad y reivindicación seguido

SALA CIVIL

AUTO SUPREMO N° 13 Sucre, 29 de enero de 2004

DISTRITO : La Paz PROCESO: Ordinario sobre mejor derecho de propiedad y otros

PARTES : Daniel Angel Espinar Molina c/ Efraín Espinoza Choque y otra

RELATOR: Ministro Dr. Kenny Prieto Melgarejo

 

VISTOS: En recurso de casación el auto de vista de folio 134 y vuelta, pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso ordinario sobre mejor derecho de propiedad, reivindicación, daños y perjuicios seguido por Daniel Angel Espinar Molina en contra de Efraín Espinoza Choque y Julia Espinoza de Condori, el memorial de fojas 138 de los demandados recurrentes, la contestación de folios 139 y vuelta y el de folios 141, el auto de concesión de fs. 142, los antecedentes del cuaderno procesal y,

RESULTANDO: Que en este proceso ordinario doble sobre mejor derecho de propiedad y reivindicación seguido a instancia de Daniel Espinar Molina en contra de Efraín Espinoza Choque y Julia Espinoza de Condori y reconvención de éstos, el Juez Segundo de Partido en lo Civil-Comercial de la ciudad de El Alto-La Paz, en folios 117 a 118 y vuelta y fecha 11 de diciembre del 2000, pronuncia la sentencia correspondiente en la que resuelve positivamente la demanda de fs. 51-52, ratificada a fs. 66 y declara improbada la acción reconvencional de fs. 70, reconociendo a favor del actor el mejor derecho de propiedad sobre el lote de terreno ubicado en la Av. Satélite, Plaza Triangular No. 50, lote No. 1, Manzano 260, Villa Santiago, debiendo los demandados el inmueble objeto de la litis en el plazo de cinco dìas restituir bajo conminatoria de desapoderamiento conforme lo previsto en el Art. 45-II) de la Ley 1760