Consecuentemente, al no ser evidentes las acusaciones del recurso de casación en la forma y
Consecuentemente, al no ser evidentes las acusaciones del recurso de casación en la forma y en el fondo, corresponde aplicar el art. 273 del Código de Procedimiento Civil aplicable al caso de autos con la facultad remisiva prevista por la norma del art. 252 del Código Procesal del Trabajo declarando infundado el recurso
- AUTO SUPREMO Nº 301 - Social Sucre, 02 de octubre de 2004
- PARTES: Luis Zegada Saavedra en representación de ex trabajadores de Y
- RELATOR: MINISTRO DR.-Carlos Rocha Orosco
- Esta resolución motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo que
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- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dra. Virginia Kolle Caso
- Sucre, 02 de octubre de 2004
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.-Secretario de Cámara.
