Sucre, catorce de octubre de dos mil cuatro
POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en aplicación de los artículos 417 y 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Lilia Antonia Gutiérrez Saucedo.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
Dr. Jaime Ampuero García
Dr. José Luis Baptista Morales
Sucre, catorce de octubre de dos mil cuatro
- Transporte de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: que de acuerdo a la normativa Procesal Penal el recurso de casación para ser
- Que de la revisión de los actuados procesales se evidencia que Lilia Antonia Gutiérrez Saucedo
- Que de lo expuesto se concluye que el recurso de casación deducido no cumple los
- Sucre, catorce de octubre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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