Que el recurso de revisión, cuya finalidad es rescindir sentencias condenatorias clamorosamente injustas,requiere para su
Que el recurso de revisión, cuya finalidad es rescindir sentencias condenatorias clamorosamente injustas,requiere para su admisión del presupuesto de la prueba nueva, elemento importante que fue omitido por Walter Enrique Núñez Aspety al formular el recurso de revisión de fojas 13 a 14 vuelta, por lo que corresponde declararlo inadmisible. Sin embargo, se deja establecido que el recurrente podrá interponer un nuevo recurso basado en otras causales conforme previene el artículo 427 del Código de Procedimiento Penal
- CONSIDERANDO: que Walter Enrique Núñez Aspety, amparándose en el artículo 309 inciso 5) del Código
- CONSIDERANDO: que el recurrente invoca equívocamente la causal del inciso 5) del artículo 309 del
- En resumen el recurrente pretende nuevamente que se consideren los mismos hechos fácticos y se
- Que el recurso de revisión, cuya finalidad es rescindir sentencias condenatorias clamorosamente injustas,requiere para su
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, diecinueve de octubre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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