Auto Supremo AS/0632/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0632/2004

Fecha: 20-Oct-2004

Que analizado ese criterio como fundamento de la resolución cuestionada, se tiene que, cuando un


Que analizado ese criterio como fundamento de la resolución cuestionada, se tiene que, cuando un Tribunal conoce un recurso de apelación restringida y advierte que dicho recurso se presentó sin cumplimiento de los requisitos señalados para ese efecto por los artículos 407 y 408 del Código de Procedimiento Penal, está en la obligación de otorgar al recurrente el plazo de tres días para fines de ampliación o corrección de fallas o errores de conformidad a lo dispuesto por el artículo 399 del mismo Código